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¿QUÉ ES LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD?

Es un mecanismo legal vigente en toda España que permite a particulares, autónomos y pequeños empresarios cancelar total o parcialmente sus deudas si cumplen ciertos requisitos. El procedimiento está regulado por el Texto Refundido de la Ley Concursal y tiene como objetivo ofrecer una salida realista a quienes, pese a su esfuerzo, no pueden hacer frente a sus obligaciones financieras.

Contrario a lo que muchos piensan, no es un procedimiento reservado a grandes empresarios ni a perfiles con altos ingresos. Cientos de personas en situación de sobreendeudamiento ya han utilizado esta vía para recuperar su tranquilidad personal, profesional y familiar.

¿QUIÉN PUEDE ACOGERSE A LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD?

La Ley de Segunda Oportunidad está pensada para personas físicas, tanto particulares como autónomos, que han actuado con buena fe y ya no pueden afrontar sus deudas de manera sostenible. No está limitada a empresarios o perfiles de alto nivel económico: cualquier persona que cumpla los siguientes requisitos puede iniciar el proceso:

SER PERSONA FÍSICA

Particular o autónomo

TENER MÁS DE UN ACREEDOR

Bancos, Hacienda, Seguridad social, Préstamos privados, etc.

ESTAR EN SITUACIÓN DE INSOLVENCIA

O sobreendeudamiento real

NO HABER RECHAZADO UNA OFERTA DE EMPLEO

En los últimos años si se estaba en condición de trabajar

NO HABER SIDO CONDENADO

Por delitos económicos o contra el patrimonio en los últimos 10 años

NO HABERSE ACOGIDO ANTES

A Este mecanismo en los últimos 5 o 10 años (Según el caso)

¿CUÁLES SON LAS ETAPAS DEL PROCESO?

La Ley de Segunda Oportunidad se compone de tres grandes fases que pueden variar según el caso:

Intento de Acuerdo Extrajudicial de Pagos (opcional):

Negociación con acreedores para reestructurar la deuda antes del concurso. En la práctica, suele ser inviable o no aceptado.

Concurso de acreedores persona física

El juzgado evalúa tu situación económica, congela embargos y designa un administrador concursal si es necesario.

Solicitud de exoneración
(BEPI):

Si se cumplen los requisitos de buena fe, se puede obtener la cancelación total o parcial de la deuda pendiente.

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¿QUÉ BENEFICIOS OBTENGO AL ACOGERME A LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD?

Acogerte a esta ley no solo permite la cancelación total o parcial de tus deudas, sino también recuperar el control sobre tu vida financiera y emocional. A continuación, te mostramos los beneficios más relevantes que obtienen nuestros clientes:

Cancelación de deudas ordinarias, personales y privadas (incluidas tarjetas, préstamos, avales).
Exoneración de parte de las deudas públicas (Hacienda y Seguridad Social) hasta el límite permitido.
Posibilidad de empezar de cero y volver a acceder a servicios bancarios normales.
Fin del acoso por parte de acreedores y entidades financieras.
Protección de tu vivienda habitual en determinados casos.
Recuperación del equilibrio personal, familiar y emocional.
Suspensión inmediata de embargos y ejecuciones.

CASOS REALES (ANTES Y DESPUÉS)

María L.
(Particular - Sevilla)

Antes: 47.000 € en préstamos personales y tarjetas de crédito. Situación laboral inestable. 
Después: Exoneración total mediante procedimiento judicial en 11 meses. Recuperó estabilidad emocional y crédito.

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Pedro V.
(Autónomo - Valencia)

Antes: Deuda acumulada de 92.000 € tras cierre de negocio. Embargos en cuenta y presión diaria.
Después: Cancelación completa. Conservó su vivienda habitual y pudo iniciar nueva actividad económica.

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Laura C.
(Autónoma - Madrid)

Antes: Impagos con Hacienda, Seguridad Social y tres entidades bancarias. 
Después: Exoneración parcial, incluyendo 20.000 € de deuda pública. Sin responsabilidad personal ni inhabilitación.

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MITOS QUE BLOQUEAN A QUIENES NECESITAN AYUDA

“Si tengo deuda con Hacienda, no puedo acogerme”

FALSO. La ley permite exonerar parte de las deudas públicas.

“Voy a perder mi casa”

FALSO. Es posible conservar la vivienda si se cumplen ciertos criterios.

“Esto es solo para gente rica o empresarios”

FALSO. Está diseñada precisamente para personas con ingresos medios o bajos.

“Me quedo marcado de por vida”

FALSO. Tras el proceso, puedes recuperar acceso a servicios financieros normales.

“No podré volver a trabajar o emprender”

FALSO. No hay inhabilitación, y puedes empezar desde cero legalmente.

PREGUNTAS FRECUENTES

Podrás seguir con tu vida normal. Si la exoneración es definitiva, no se reabre el proceso.

Sí, una vez completado el proceso puedes rehabilitar tu historial financiero.

Pensión de alimentos, multas penales y algunas deudas públicas no exonerables.

Sí, si ha pasado el tiempo legal desde la anterior solicitud (5 o 10 años).

Entre 6 y 12 meses, dependiendo del caso y colaboración del cliente.

RECUPERA TU VIDA. COMIENZA HOY.

Sabemos que llegar hasta aquí no ha sido fácil. Pero no tienes por qué seguir cargando con esa presión. La Ley de Segunda Oportunidad existe para darte un nuevo comienzo. Nuestro equipo te acompañará con cercanía, rigor legal y total transparencia en cada paso. Miles de personas ya lo han conseguido. Tú también puedes hacerlo.

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